¿ES OBLIGATORIO YA?
Sí, ya es obligatorio, desde el día 23 de enero, para todos los conductores de automóviles destinados al transporte de mercancías, vehículos mixtos, conjunto de vehículos no agrícolas así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento, los coches que acompañan a los transportes especiales.
¿Y EN LOS TURISMOS?
Para los conductores de turismos no será obligatorio el uso de chaleco hasta pasados seis meses desde la aprobación de la norma. Es decir, el día 23 de julio de 2004.
¿PUEDO LLEVARLO EN EL MALETERO?
La norma, a lo que obliga es que, cuando el conductor salga del coche, sea por la noche o durante el día, lleve puesto el chaleco, lo que en principio obligaría a llevarlo en el interior del coche.
¿LOS ACOMPAÑANTES DEBEN LLEVARLO TAMBIÉN?
Es aconsejable que, si se van a bajar del coche, también lleven chaleco, por seguridad, pero no es obligatorio llevar chaleco. La norma sólo afecta al conductor.
¿HAY FRAUDE EN LA VENTA?
Si, ya se han detectado chalecos que no están homologados y que, probablemente, no cumplen su función. Los responsables de Consumo de la Generalidad de Cataluña han detectado defectos graves en el 32% de los chalecos que se venden en esa comunidad. La mayoría procede de países de fuera de la Unión Europea. ¡Ojo con los chollos!
¿EN QUÉ DEBO FIJARME AL CÓMPRALO?
Además del material fluorescente, naranja, rojo o amarillo, que proporciona alta visibilidad diurna, debe llevar material reflectante, las dos bandas plateadas, como mínimo de 5 centímetros, que proporcionan una alta visibilidad durante la noche.
Para comprobar su efectividad, compruébelo en un garaje con las luces del coche o en una habitación oscura enfocando el chaleco con una linterna. Las bandas deben reflejar una luz blanca intensa, según técnicos de 3M.
Debe estar fabricado y certificado según la normativa Europea EN-471,dato que debe figurar en el mismo chaleco o la etiqueta, o bien UNE N-471.
Debe llevar marca comercial o cualquier otro medio de identificación del fabricante o representante autorizado.
Designación del tipo de producto, nombre comercial o referencia.
Debe marcar la talla, de acuerdo a la norma EN-340. Hay varias tallas.
También debe llevar un folleto informativo del fabricante, en el que se deben ir instrucciones de uso, limpieza, manteniemiento, fecha de caducidad.
Guarde ticket o facturade la compra por si le han vendido alguno de los falsificados y tienen que reclamar.
Fuente: Revista Tráfico
Sí, ya es obligatorio, desde el día 23 de enero, para todos los conductores de automóviles destinados al transporte de mercancías, vehículos mixtos, conjunto de vehículos no agrícolas así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento, los coches que acompañan a los transportes especiales.
¿Y EN LOS TURISMOS?
Para los conductores de turismos no será obligatorio el uso de chaleco hasta pasados seis meses desde la aprobación de la norma. Es decir, el día 23 de julio de 2004.
¿PUEDO LLEVARLO EN EL MALETERO?
La norma, a lo que obliga es que, cuando el conductor salga del coche, sea por la noche o durante el día, lleve puesto el chaleco, lo que en principio obligaría a llevarlo en el interior del coche.
¿LOS ACOMPAÑANTES DEBEN LLEVARLO TAMBIÉN?
Es aconsejable que, si se van a bajar del coche, también lleven chaleco, por seguridad, pero no es obligatorio llevar chaleco. La norma sólo afecta al conductor.
¿HAY FRAUDE EN LA VENTA?
Si, ya se han detectado chalecos que no están homologados y que, probablemente, no cumplen su función. Los responsables de Consumo de la Generalidad de Cataluña han detectado defectos graves en el 32% de los chalecos que se venden en esa comunidad. La mayoría procede de países de fuera de la Unión Europea. ¡Ojo con los chollos!
¿EN QUÉ DEBO FIJARME AL CÓMPRALO?
Además del material fluorescente, naranja, rojo o amarillo, que proporciona alta visibilidad diurna, debe llevar material reflectante, las dos bandas plateadas, como mínimo de 5 centímetros, que proporcionan una alta visibilidad durante la noche.
Para comprobar su efectividad, compruébelo en un garaje con las luces del coche o en una habitación oscura enfocando el chaleco con una linterna. Las bandas deben reflejar una luz blanca intensa, según técnicos de 3M.
Debe estar fabricado y certificado según la normativa Europea EN-471,dato que debe figurar en el mismo chaleco o la etiqueta, o bien UNE N-471.
Debe llevar marca comercial o cualquier otro medio de identificación del fabricante o representante autorizado.
Designación del tipo de producto, nombre comercial o referencia.
Debe marcar la talla, de acuerdo a la norma EN-340. Hay varias tallas.
También debe llevar un folleto informativo del fabricante, en el que se deben ir instrucciones de uso, limpieza, manteniemiento, fecha de caducidad.
Guarde ticket o facturade la compra por si le han vendido alguno de los falsificados y tienen que reclamar.
Fuente: Revista Tráfico