La integridad física y psíquica de una persona es un derecho protegido en la legislación de nuestro país. Los campos del Derecho que protegen esta integridad y legislan su pérdida son diversos :
* en Derecho penal :faltas, delitos.
* en Derecho laboral : la incapacidad laboral.
* en Derecho administrativo : minusvalías, síndrome tóxico, terrorismo, etc. El daño es resarcido por el Estado.
* en Derecho civil : seguros obligatorios (Tráfico) o voluntarios.
La Valoración Médica del Daño Corporal es una disciplina que tiene por objeto determinar con objetividad y precisión las consecuencias que un acontecimiento traumático ha originado sobre una persona.
Se determinan las alteraciones , anatómicas o funcionales , de la integridad física y/o psíquica, así como las repercusiones derivadas de las mismas, que es preciso valorar para el resarcimiento total de las mismas, basándose en el derecho que tiene el lesionado a recibir una adecuada reparación del daño sufrido y sus consecuencias.
Así, el medico debe valorar y precisar :
a) el daño patrimonial biológico que ha sufrido la persona
* incapacidad transitoria (hasta el alta)
* invalidez permanente (queda un daño)
* secuelas (daño residual permanente)
b) daño extrapatrimonial
* dolor
* daños morales (pérdida de bienestar, perjuicio estético, peor calidad de vida, etc.)
Es necesario también establecer la causalidad del daño, es decir, relacionar las lesiones que presenta la persona con el accidente sufrido, explicando cuales se ha producido en el mismo y diferenciándolas de las que ya presentaba antes o se han producido por circunstancias ajenas.
Centrándonos exclusivamente en el tema de accidentes de tráfico , en el año 1995 se promulgó la Ley 30/1995, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, que establece un Baremo de Lesiones con un sistema de valoración de las mismas, que ha permitido una cierta uniformidad para determinar y valorar las secuelas derivadas de dichos accidentes.
Dicha Ley y el desarrollo de diversos cursos de especialización para médicos realizados en diversas facultades del país , han posibilitado una gran mejora en el campo de la valoración del daño corporal , disciplina que ha experimentado un notable auge en los últimos años , existiendo sociedades científicas relacionadas con el tema (SEVDC, AMES, etc.), siendo frecuente la realización de actividades (cursos, seminarios, congresos) que permiten a los profesionales la adquisición de nuevos conocimientos y habilidades para un mejor ejercicio de su labor profesional.
La formación y experiencia en el tema permite al médico valorador , tras reconocimiento del lesionado y de cuantas pruebas se le hayan realizado , emitir informe detallado en relación a los aspectos más importantes para una adecuada , justa y razonada determinación del daño sufrido, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes apartados
* situación previa del paciente
* lesiones sufridas
* proceso evolutivo a partir del momento del accidente
* situación final (curación total , secuelas)
* tratamientos y necesidades permanentes (adaptación del hogar , cuidados por tercera persona , etc.)
* capacidades y aptitudes perdidas (autonomía , laboral , social , etc.)
* valoración del estado final en todos los apartados anteriormente citados
Para determinar las secuelas derivadas de accidente de tráfico que una persona ha sufrido es aconsejable, tanto para la Compañía Aseguradora como para la víctima, requerir los servicios de un profesional médico con formación específica en Valoración del daño Corporal.
Dr. Moisés Robledo del Corro
Coordinador de www.peritosmedicos.com
* en Derecho penal :faltas, delitos.
* en Derecho laboral : la incapacidad laboral.
* en Derecho administrativo : minusvalías, síndrome tóxico, terrorismo, etc. El daño es resarcido por el Estado.
* en Derecho civil : seguros obligatorios (Tráfico) o voluntarios.
La Valoración Médica del Daño Corporal es una disciplina que tiene por objeto determinar con objetividad y precisión las consecuencias que un acontecimiento traumático ha originado sobre una persona.
Se determinan las alteraciones , anatómicas o funcionales , de la integridad física y/o psíquica, así como las repercusiones derivadas de las mismas, que es preciso valorar para el resarcimiento total de las mismas, basándose en el derecho que tiene el lesionado a recibir una adecuada reparación del daño sufrido y sus consecuencias.
Así, el medico debe valorar y precisar :
a) el daño patrimonial biológico que ha sufrido la persona
* incapacidad transitoria (hasta el alta)
* invalidez permanente (queda un daño)
* secuelas (daño residual permanente)
b) daño extrapatrimonial
* dolor
* daños morales (pérdida de bienestar, perjuicio estético, peor calidad de vida, etc.)
Es necesario también establecer la causalidad del daño, es decir, relacionar las lesiones que presenta la persona con el accidente sufrido, explicando cuales se ha producido en el mismo y diferenciándolas de las que ya presentaba antes o se han producido por circunstancias ajenas.
Centrándonos exclusivamente en el tema de accidentes de tráfico , en el año 1995 se promulgó la Ley 30/1995, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, que establece un Baremo de Lesiones con un sistema de valoración de las mismas, que ha permitido una cierta uniformidad para determinar y valorar las secuelas derivadas de dichos accidentes.
Dicha Ley y el desarrollo de diversos cursos de especialización para médicos realizados en diversas facultades del país , han posibilitado una gran mejora en el campo de la valoración del daño corporal , disciplina que ha experimentado un notable auge en los últimos años , existiendo sociedades científicas relacionadas con el tema (SEVDC, AMES, etc.), siendo frecuente la realización de actividades (cursos, seminarios, congresos) que permiten a los profesionales la adquisición de nuevos conocimientos y habilidades para un mejor ejercicio de su labor profesional.
La formación y experiencia en el tema permite al médico valorador , tras reconocimiento del lesionado y de cuantas pruebas se le hayan realizado , emitir informe detallado en relación a los aspectos más importantes para una adecuada , justa y razonada determinación del daño sufrido, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes apartados
* situación previa del paciente
* lesiones sufridas
* proceso evolutivo a partir del momento del accidente
* situación final (curación total , secuelas)
* tratamientos y necesidades permanentes (adaptación del hogar , cuidados por tercera persona , etc.)
* capacidades y aptitudes perdidas (autonomía , laboral , social , etc.)
* valoración del estado final en todos los apartados anteriormente citados
Para determinar las secuelas derivadas de accidente de tráfico que una persona ha sufrido es aconsejable, tanto para la Compañía Aseguradora como para la víctima, requerir los servicios de un profesional médico con formación específica en Valoración del daño Corporal.
Dr. Moisés Robledo del Corro
Coordinador de www.peritosmedicos.com