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    La justicia da la razón al propietario de un coche que sufrió daños en el parking de un supermercado

    16 de mayo de 2007
    Pocas veces los consumidores aceptan iniciar un litigio en el caso de haber sufrido daños en el vehículo en el interior del parking de cualquier superficie comercial o instalación pública, a pesar de que la ley les ampara. José Luis Navarro Sánchez se decidió a hacerlo y ahora el juez le ha dado la razón con una sentencia que obliga a la empresa Mercadona a pagarle 295 euros con 80 céntimos por la rotura de uno de los retrovisores de su coche mientras el turismo estaba estacionado.

    Los hechos, según informa el diario La Verdad, ocurrieron el pasado 20 de septiembre. José Luis dejó aparcado su vehículo para entrar a realizar compras en el supermercado. Al salir se encontró con el espejo derecho inservible. Es abogado y se decidió a interponer la demanda. En un principio, la empresa se negó a aceptar la misma por considerar "que no consta acreditado que los daños que se reclaman se produjeran en el interior del parking". Añaden además que en el momento de los hechos no se puede aplicar la ley 40/2002 que hace responsable de los daños a los propietarios de los aparcamientos salvo que estos sean de carácter gratuito. El representante legal de Mercadona incidía en la defensa que «es notorio que el parking es local accesorio del supermercado y que es gratuito para sus clientes".

    No lo entiende así el demandante ya que "el carácter retribuido de dicho aparcamiento está condicionado a la compra que se realice ya determinado tiempo". Finalmente el juez considera que "no concurre ninguna de las causas de exclusión esgrimidas".

    El demandante mostraba ayer su satisfacción por la sentencia y animaba a todos los que sufran hechos similares a denunciar "porque están en su derecho de hacerlo".

     
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