Elección rápida de coches
Elige Marca >
Elige modelo >
Ver
  • Abarth
  • Alfa Romeo
  • Aston Martin
  • Audi
  • Bentley
  • BMW
  • Cadillac
  • Chevrolet
  • Chrysler
  • Citroen
  • Corvette
  • Dacia
  • Daihatsu
  • Dodge
  • Ferrari
  • Fiat
  • Ford
  • Honda
  • Hummer
  • Hyundai
  • Infiniti
  • Isuzu
  • Jaguar
  • Jeep
  • Kia
  • Lada
  • Lancia
  • Land Rover
  • Lexus
  • Mahindra
  • Maserati
  • Maybach
  • Mazda
  • Mercedes
  • Mini
  • Mitsubishi
  • Morgan
  • Nissan
  • Opel
  • Peugeot
  • Porsche
  • Renault
  • Rolls Royce
  • Saab
  • Seat
  • Skoda
  • Smart
  • Ssangyong
  • Subaru
  • Suzuki
  • Tata
  • Toyota
  • Volkswagen
  • Volvo

    Así es el Plan PIVE de ayuda a la compra de vehículos

    3 de octubre de 2012

    Ayuda de 2.000 euros para la compra de vehículos achatarrando uno de más de 10 o 12 años de antiguedad. Desde el 1 de octubre hasta el 31 de marzo o hasta que se acaben los fondos.

    Así es el Plan PIVE de ayuda a la compra de vehículos

    El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha puesto en marcha el nuevo Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente, conocido como Plan PIVE.

    Este programa promocional cuenta con un presupuesto de 75 millones de euros destinados a incentivar la renovación del parque automovilístico español.

    Se pretende sustituir un total de 75.000 turismos o comerciales ligeros incentivando la compra de vehículos cuyo consumo de combustible sea menor. A través del Programa PIVE se bonificará la entrega en el desguace y la baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT) de vehículos con más de 12 años en el caso de turismos y de 10 años de antigüedad en el caso de comerciales ligeros, que sean sustituidos por nuevos modelos altamente eficientes, con un menor consumo de combustible y unas reducidas emisiones de CO2.

    ¿Quienes pueden beneficiarse del Plan PIVE?

    Losbeneficiarios del plan son particulares, profesionales, autónomos, microempresas y pymes. Obtendrán las ayudas directamente a la hora de abonar la factura en el concesionario. La cuantía de las ayudas asciende a 2.000 euros de los cuales 1.000 euros serán aportados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, mientras que los 1.000 euros restantes serán aportados por el fabricante o importador.

    El Plan PIVE arrancó el día 1 de octubre de 2012 y se prolongará hasta el 31 de marzo de 2013 o hasta que se hayan agotado los fondos destinados a este fin (75 millones de euros).

    La ayuda será compatible con otras subvenciones vigentes siempre y cuando éstas procedan de fondos propios de las Comunidades Autónomas o de fondos europeos. También será compatible con otras ayudas o descuentos ofrecidos por las propias marcas automovilísticas, por lo que en algunos casos podrían ser superiores a los 2.000 euros iniciales.

    ¿Qué vehículos se pueden acoger al plan PIVE?

    Los vehículos beneficiados del plan PIVE pueden ser nuevos o de antigüedad inferior a un año desde su primera matriculación y con un precio inferior a 25.000 euros sin IVA sin son de combustibles fósiles 100%, pero deberán cumplir con los siguientes requisitos:

    • Turismos (categoría M1):

    Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la "Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos" según recoge el Real Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.

    • Eléctricos puros.

    Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (auto gas –GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).

    • Comerciales ligeros (categoría N1):

    Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).

    • Eléctricos puros.

    Será condición indispensable dar de baja definitiva en tráfico y obtener el Certificado de Destrucción del Centro Autorizado de Tratamiento (C.A.T.) de un vehículo de la categoría M1 o N1 que sea propiedad del beneficiario y que cumpla con los límites de edad que os hemos comentado anteriormente.

    Vota este articulo
    (2 votos)