Será obligatorio desde el 23 de julio de 2004
El artículo 118 del Real Decreto 1428/2003 establece la obligatoriedad del uso del chaleco reflectante para el conductor que salga del vehículo al arcén o calzada de una vía interurbana. Cometer una infracción por no usar el chaleco está tipificado como sanción leve, con una multa de 90 euros. No es obligatorio para los ocupantes; pero como todas las medidas de seguridad es recomendable por si fuera preciso que bajaran otros pasajeros del vehículo.
Fuente: Multauto
El artículo 118 del Real Decreto 1428/2003 establece la obligatoriedad del uso del chaleco reflectante para el conductor que salga del vehículo al arcén o calzada de una vía interurbana. Cometer una infracción por no usar el chaleco está tipificado como sanción leve, con una multa de 90 euros. No es obligatorio para los ocupantes; pero como todas las medidas de seguridad es recomendable por si fuera preciso que bajaran otros pasajeros del vehículo.
Fuente: Multauto