El objetivo es incrementar la visibilidad de dichos vehículos en carretera en condiciones de baja visibilidad
- El marcado de contorno de los vehículos pesado (V-23) reduciría en un 30% los accidentes en los que se ven implicados
- Para los vehículos pesados, matriculados con anterioridad al 10 de julio, la instalación del distintivo es voluntaria
- Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas, dedicados al transporte de mercancías, cuya masa máxima sea superior a 7,5 toneladas, con excepción de los chasis cabinas, vehículos incompletos y cabezas tractoras para semirremolques)
- Remolques y semirremolques cuya masa máxima es superior a 3,5 toneladas.
No obstante, es recomendable instalar dicho distintivo, de forma voluntaria, en el resto de vehículos de motor con al menos cuatro ruedas, dedicados al transporte de mercancías o personas que tengan más de ocho plazas, sin incluir la del conductor y al resto de remolques y semirremolques con una masa máxima superior a 0,75 toneladas.
Para los vehículos de transporte pesado, matriculados con anterioridad al 10 de julio, la instalación del distintivo será voluntaria.
Cada año se producen en España más de 15.000 accidentes con víctimas en los que están implicados vehículos de transporte de mercancías o pasajeros. Según un estudio realizado por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos, el marcado de contorno de los vehículos más pesados, reduciría en casi un 30% los accidentes en los que se ven implicados.
¿CÓMO COLOCARLO?
El marcado estará constituido por una franja regular o una serie de franjas de material retrorreflectante colocadas de tal manera, que identifiquen el contorno, o en su defecto, la longitud y anchura total de un vehículo de motor o conjunto de vehículos o sus cargas.
Se realiza con una cinta adhesiva reflectante, homologada y de fácil instalación. La anchura de las franjas será de 50mm, de color blanco o amarillo, en el caso de las partes laterales del vehículo, o rojo o amarillo en caso de la parte trasera del mismo.
A continuación se muestran algunos ejemplos de dónde deben colocarse los distintivos retrorreflectantes.
NORMATIVALa Organización de Naciones Unidas (ONU) aprobó el Reglamento nº 48, en el que se establecen las prescripciones técnicas de las bandas reflectantes y su colocación en el contorno de los vehículos dedicados al transporte de mercancías para mejorar su visibilidad.
La Comisión Europea en el año 2007 lo incorpora a la Directiva sobre instalación de dispositivos de alumbrado y señalización de los vehículos a motor y sus remolques y España lo incluye en su legislación a través de la Orden de Presidencia de 21 de enero de 2010 por la que se modifica el anexo XI del Reglamento General de Vehículos referido a “señales en los vehículos” con el objetivo de ayudar al resto de conductores a identificar a esos vehículos, permitiéndoles adecuar su conducción a las circunstancias y proteger a los usuarios que se encuentren en la vía pública.
AMPLIA CAMPAÑA DIVULGATIVA
Debido a la relevancia que tiene este distintivo reflectante para los vehículos especialmente voluminosos se está realizando una amplia campaña divulgativa que, por iniciativa del Comité Nacional de Transporte por Carretera en colaboración con la Dirección General de Transporte Terrestre, del Ministerio de Fomento, y la Dirección General de Tráfico, del Ministerio del Interior, pretende informar y promover la instalación de estos dispositivos que ayudarán a incrementar la seguridad vial.
/Fuente: DGT.