El vehículo no estaba abandonado, sino averiado y pendiente de reparar.
La policía municipal constató con el dueño del taller que la reparación estaba pendiente de la localización de una pieza
Del 12 de agosto de 2002 al 3 de mayo de 2005. Casi tres años, informa el diario HOY, ha durado el pleito que ha enfrentado a un vecino de Badajoz con el Ayuntamiento de la ciudad por la retirada de un coche de la vía pública. Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Badajoz ha puesto fin a la reclamación.
El fallo judicial declara nula y no ajustada a derecho la retirada del vehículo; condena al Ayuntamiento a devolverle de manera "inmediata" el coche al vecino y a pagarle una indemnización de 1.535 euros por los daños que éste ha sufrido mientras estaba en el depósito. También deberá pagar el municipio las tasas del IVTM (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) de los años 2003 y 2004, a razón de 24,84 euros por año, y el importe del informe pericial hecho por el recurrente, que costó 69,60 euros. En total, 1.656,28 euros. El juez no contempla ninguna indemnización por daños morales.
Toda la peripecia de esta demanda comenzó hace tres años, el 7 de mayo de 2002, cuando el dueño del coche lo llevó a un taller para que le repararan el carburador y le hicieran una revisión general. Se trata de un vehículo histórico, con más de 25 años de antigüedad. Como el taller no tenía la pieza que necesitaba para repararlo, aparcó el vehículo en la calle, en espera de recibir el repuesto. El 20 de junio el coche seguía aparcado y la Policía Local hizo un informe que decía que estaba abandonado, con las ruedas desinfladas y sucio.
El 1 de agosto la Policía hace un segundo informe y habla con el dueño del taller, que le dice que está depositado allí. La Policía le da un plazo de 4 días para que lo retire. El 12 de agosto los agentes municipales se llevan el coche. En su informe dicen que presenta estado de abandono y que no tiene motor, pero no avisan al dueño, a pesar de que conocen su nombre y dirección.
Cuando éste se entera de la retirada de su coche presenta una serie de recursos para recuperarlo. Pero se le advierte de que si no paga la tasa de seis euros por día de estancia en el depósito no se lo puede llevar. Además, se le anuncia que si no abona el dinero en quince días el coche será desguazado.
En los meses siguientes se suceden los recursos, que no dan resultado. El dueño del coche consigue que un perito evalúe los daños que tiene el vehículo y finalmente, en julio de 2004 presenta una demanda ante el juzgado contencioso.
El pasado 3 de mayo el juez puso fin al pleito con una sentencia que es firme en la que se afirma que la actuación del Ayuntamiento "es el paradigma de una vía de hecho vulneradora del ordenamiento jurídico, ya que, sin ninguna base legal para ello, retira un vehículo que no se encontraba abandonado y lo hace sin previo requerimiento a su propietario, pese a que se conocía desde el primer momento su identidad y dirección". El vehículo no constituía ningún peligro para la circulación ni los peatones. El juez considera que ha habido un "funcionamiento anormal de los servicios públicos" que ha causado una lesión al ciudadano y por ello condena al Ayuntamiento a pagar los daños que se le produjeron al vehículo.
La policía municipal constató con el dueño del taller que la reparación estaba pendiente de la localización de una pieza
Del 12 de agosto de 2002 al 3 de mayo de 2005. Casi tres años, informa el diario HOY, ha durado el pleito que ha enfrentado a un vecino de Badajoz con el Ayuntamiento de la ciudad por la retirada de un coche de la vía pública. Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Badajoz ha puesto fin a la reclamación.
El fallo judicial declara nula y no ajustada a derecho la retirada del vehículo; condena al Ayuntamiento a devolverle de manera "inmediata" el coche al vecino y a pagarle una indemnización de 1.535 euros por los daños que éste ha sufrido mientras estaba en el depósito. También deberá pagar el municipio las tasas del IVTM (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) de los años 2003 y 2004, a razón de 24,84 euros por año, y el importe del informe pericial hecho por el recurrente, que costó 69,60 euros. En total, 1.656,28 euros. El juez no contempla ninguna indemnización por daños morales.
Toda la peripecia de esta demanda comenzó hace tres años, el 7 de mayo de 2002, cuando el dueño del coche lo llevó a un taller para que le repararan el carburador y le hicieran una revisión general. Se trata de un vehículo histórico, con más de 25 años de antigüedad. Como el taller no tenía la pieza que necesitaba para repararlo, aparcó el vehículo en la calle, en espera de recibir el repuesto. El 20 de junio el coche seguía aparcado y la Policía Local hizo un informe que decía que estaba abandonado, con las ruedas desinfladas y sucio.
El 1 de agosto la Policía hace un segundo informe y habla con el dueño del taller, que le dice que está depositado allí. La Policía le da un plazo de 4 días para que lo retire. El 12 de agosto los agentes municipales se llevan el coche. En su informe dicen que presenta estado de abandono y que no tiene motor, pero no avisan al dueño, a pesar de que conocen su nombre y dirección.
Cuando éste se entera de la retirada de su coche presenta una serie de recursos para recuperarlo. Pero se le advierte de que si no paga la tasa de seis euros por día de estancia en el depósito no se lo puede llevar. Además, se le anuncia que si no abona el dinero en quince días el coche será desguazado.
En los meses siguientes se suceden los recursos, que no dan resultado. El dueño del coche consigue que un perito evalúe los daños que tiene el vehículo y finalmente, en julio de 2004 presenta una demanda ante el juzgado contencioso.
El pasado 3 de mayo el juez puso fin al pleito con una sentencia que es firme en la que se afirma que la actuación del Ayuntamiento "es el paradigma de una vía de hecho vulneradora del ordenamiento jurídico, ya que, sin ninguna base legal para ello, retira un vehículo que no se encontraba abandonado y lo hace sin previo requerimiento a su propietario, pese a que se conocía desde el primer momento su identidad y dirección". El vehículo no constituía ningún peligro para la circulación ni los peatones. El juez considera que ha habido un "funcionamiento anormal de los servicios públicos" que ha causado una lesión al ciudadano y por ello condena al Ayuntamiento a pagar los daños que se le produjeron al vehículo.