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    Andalucía sancionará hasta con 400.000 euros a los vendedores de vehículos usados que incumplan la normativa

    22 de junio de 2005
    La Consejería de Gobernación de la Junta realizará este año una serie de inspecciones en los establecimientos de vehículos usados en los que podrá imponer sanciones a aquellos establecimientos que no cumplan las normas sobre información al consumidor a la hora de realizar una compraventa.

    Según informa EP, el pasado año se realizó una campaña de inspección con un fin estrictamente informativo, en la que se practicaron 325 inspecciones, mientras que para este año en la campaña de control de estos establecimientos se realizarán las mismas inspecciones y se incorporará la capacidad inspectora y sancionadora.

    Las sanciones podrán oscilar entre los 30.000 y 400.000 euros las muy graves, 5.000 y 30.000 las graves, y entre 200 y 5.000 euros las leves, según se dispone en la normativa sobre protección de consumidores, donde se apunta a diversos factores que inciden en la gravedad de las infracciones, como el número de afectados, la reiteración o la voluntariedad del incumplimiento.

    Las fuentes reconocieron que el pasado año, durante la campaña efectuada entre septiembre y diciembre de 2004, se detectaron numerosas irregularidades en los concesionarios inspeccionados en lo referente al establecimiento y la publicidad de sus productos.

    Más irregularidades en materia de publicidad
    De esta forma, se detectó que en un 98,3 por ciento de los 59 casos en que se hacía publicidad no se incorporaba en la publicidad del vehículo la leyenda donde se alude a la existencia de un documento individualizado de cada vehículo expuesto en el que se indique, entre otros datos, las características del mismo, su titularidad, la garantía y su precio.

    En el 95,4 por ciento de los casos los establecimientos no poseían un cartel genérico informativo con las características del producto antes descritas y en el 92 por ciento de los casos el establecimiento no disponía de un documento sellado y firmado por el vendedor donde se expresara la titularidad del vehículo, la marca, el modelo, el kilometraje, el número de bastidor, la matrícula, la antigüedad, fecha de la última inspección técnica, precio o fecha de adquisición por parte del vendedor.

    Los resultados de esta primera campaña apuntaron además que un 75 por ciento de establecimientos no disponían de un cartel donde se expresara el número de matrícula, si es propiedad del titular del establecimiento o si se encuentra en depósito, su antigüedad, precio, fecha de la primera matriculación, servicio a que estaba destinado anteriormente y existencia de garantía.

    Al margen de estos incumplimientos genéricos, el 11,4 por ciento de los establecimientos no tienen hojas de quejas y reclamaciones de la Junta a disposición del consumidor y un 15,4 por ciento no exhibe el cartel anunciador de las hojas de reclamaciones en lugar visible "para que el consumidor pueda conocer claramente su existencia".

    Decreto de 2003
    Sobre la venta de vehículos usados, la Junta aprobó un Decreto en 2003 por el que se regulaba el derecho a la información de los consumidores en la adquisición por compraventa de vehículos usados, donde se regulaba una serie de derechos fundamentales relacionados con la información que se debe suministrar al consumidor antes de la compra del vehículo. 
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