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    En apenas tres meses han entrado en vigor una veintena de normas con obligaciones para el conductor y efectos en la posventa del automóvil

    12 de abril de 2004
    "Nunca como ahora poner los cinco sentidos al salir a la carretera ha sido tan necesario. No sólo por los más de 600 radares diseminados por la Dirección General de Tráfico por todo el territorio nacional y que están a la caza de los que corren más de la cuenta, sino también por el torrente normativo que al final de la legislatura ha aprobado el Gobierno popular y que ahora hay que tener en cuenta para no ser multado". Esta es la entradilla de una información elaborada por el diario La Razón en la que se da cuenta de las más de veinte normas con obligaciones para el conductor y efectos en la posventa del automóvil que en apenas tres meses han entrado en vigor en nuestro país.

    Ojo con repostar gasolina con el móvil o la radio encendida. Está considerado desde el pasado 23 de enero como una falta leve que Tráfico sanciona con una multa de hasta 91 euros. La nueva norma que recoge la reforma del Reglamento de Circulación tiene una finalidad «preventiva», según la DGT. Y es que los surtidores de gasolina se rigen por sistemas electrónicos y otros aparatos pueden interferir en su funcionamiento y descabalarlos o podrían hacer saltar una chispa que desencadenara una explosión.

    Desde hace dos meses está prohibido también recoger autoestopistas y el que un peatón circule por autopistas o autovías.

    En caso de pinchazo o avería, ya es necesario llevar un chaleco reflectante al salir del vehículo para evitar ser atropellado y que los demás automovilistas puedan percatarse de la presencia de un peatón en la vía.

    Conducir de forma temeraria o bajo los efectos del alcohol o de las drogas está tipificado como una falta muy grave. A partir de octubre de este año entra en vigor la reforma del Código Penal que endurece las penas por esta causa y que prevé hasta seis meses de prisión y cuatro años sin conducir coches ni ciclomotores. Además, tres infracciones muy graves en el período de dos años implicará la retirada del carné de conducir para siempre.

    Si se va a llevar en el coche a niños menores de tres años, hay que tener en cuenta que la normativa ya obliga a disponer de una sillita homologada. Y nada de monitores de televisión en el coche que puedan distraer al conductor, ni pantallas con acceso a internet o reproductores de vídeo y DVD. La nueva normativa sí permite llevar GPS, pero prohíbe los detectores de radares. Llevarlo supone estar expuesto a una sanción de hasta 91 euros.

    Los ciclistas podrán circular por carretera manteniendo la separación entre ellos y en paralelo, en columna de a dos. En las autovías sólo podrán circular por el arcén y siempre que sean mayores de 14 años.

    En vigor está ya también la prohibición de entrar en un túnel si la situación de la circulación puede previsiblemente dejarle detenido.

    Pese a las nuevas normas en vigor, aún queda por desarrollar muchas más. La reforma de la Ley de Seguridad Vial entró en vigor en enero de 2002, pero requería de otros seis reglamentos para poder aplicar medidas muy específicas que precisan de un desarrollo normativo.

    En los más de dos años que se lleva aplicando la normativa de tráfico, sólo ha salido adelante dos: el de Circulación, que recoge las reformas de mayor peso, y el de Autoescuela. Quedan pendientes otros cuatro: el de Vehículos, que regula, entre otras cosas, qué dotación obligatoria debe llevar un coche, como por ejemplo, el chaleco reflectante; el reglamento de Conductores, que determina los tipos de carné de conducir, los exámenes para obtener la licencia y preveía regular la posibilidad de que los jóvenes de 17 años puedan conducir siempre que lo hicieran acompañados; el reglamento sobre el Procedimiento Sancionador, que fija los plazos de presentación de recursos desde que se impone una denuncia, entre otras cosas; y el de Medidas Reeducadoras, que concreta el contenido y duración de los cursos de reciclaje que se prevé exigir a los conductores a los que se retira el carné por infracción muy grave. 
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